¿Cuánto dura una inspección de Hacienda? 18 meses, 27 meses, y lo que pasa si se pasan de plazo

¿Cuánto dura una inspección de Hacienda? 18 meses, 27 meses, y lo que pasa si se pasan de plazo

Una inspección de Hacienda no puede durar para siempre. Eso lo sabe casi todo el mundo.

Lo que casi nadie sabe es qué pasa exactamente cuando Hacienda se pasa del plazo. Y ese detalle, bien conocido, puede jugar a tu favor.

Aquí está el plazo legal exacto, artículo por artículo, sin rodeos.


El plazo general: 18 meses

Según el artículo 150 de la LGT, las actuaciones del procedimiento de inspección deben concluir en 18 meses, con carácter general. Ese es el plazo por defecto para la inmensa mayoría de pymes y autónomos.

El plazo se cuenta desde que te notifican el inicio del procedimiento hasta que te notifican (o se entiende notificado) el resultado.


Cuándo el plazo sube a 27 meses

El plazo se amplía a 27 meses cuando concurre alguna de estas circunstancias:

  • Tu cifra anual de negocio es igual o superior a la que obliga a auditar cuentas.
  • Estás integrado en un grupo sometido a consolidación fiscal o al régimen especial de grupo de entidades, y ese grupo está siendo objeto de comprobación.
  • El procedimiento tiene por objeto el Impuesto Complementario.

Si eres una pyme estándar, sin obligación de auditoría, lo normal es que te aplique el plazo de 18 meses. Saber en cuál de los dos estás desde el primer día cambia toda tu estrategia de defensa.


¿Se puede alargar el plazo? Sí, y así es como ocurre

El plazo no es completamente rígido. Puede suspenderse o extenderse en varios supuestos concretos que marca la ley: remisión del expediente a fiscalía, conflictos ante juntas arbitrales, causas de fuerza mayor, entre otros.

También existe una vía a tu favor: tú mismo puedes solicitar, antes del trámite de audiencia, uno o varios periodos en los que la inspección no pueda actuar contigo. Esos periodos no pueden superar en conjunto los 60 días naturales para todo el procedimiento, y sí, cuentan como extensión del plazo máximo. Es una herramienta real, pero hay que usarla con cabeza: pedirla sin necesidad solo alarga tu propia incertidumbre.

Ojo con otro punto que se pasa por alto: si durante el procedimiento dices que no vas a aportar documentación, o no la aportas completa tras el tercer requerimiento, y luego la aportas de todos modos, eso extiende el plazo máximo del procedimiento por tres meses (o seis, en casos concretos). No aportar y luego aportar tarde no es gratis.


Lo que casi nadie sabe: qué pasa si Hacienda se pasa de plazo

Aquí está la parte que de verdad importa. Si Hacienda incumple el plazo de 18 o 27 meses, el procedimiento no caduca. Sigue adelante hasta su terminación. Pero el incumplimiento tiene consecuencias reales, y todas juegan a tu favor:

  • No se considera interrumpida la prescripción por las actuaciones realizadas dentro del plazo incumplido. Esto puede significar que ejercicios que Hacienda creía todavía «abiertos» hayan prescrito realmente.
  • Los ingresos que hayas hecho desde el inicio del procedimiento hasta que se retome la actuación tras el incumplimiento se consideran espontáneos, lo que tiene un tratamiento distinto (y mejor) que si se hubieran hecho dentro de un procedimiento en plazo.
  • No se exigen intereses de demora desde que se produce el incumplimiento hasta que finaliza el procedimiento.

Este es, probablemente, el dato menos conocido de todo el procedimiento de inspección. La mayoría de contribuyentes ve un plazo incumplido como algo negativo o irrelevante. En realidad, puede ser la diferencia entre pagar intereses de demora acumulados durante meses, o no pagarlos.


Por qué esto solo se aprovecha si alguien lo está contando

Una empresa de la Región de Murcia llevaba dentro de un procedimiento de inspección más de 20 meses, sin que nadie hubiera hecho el cálculo exacto de cuándo se había superado el plazo legal ni qué implicaba eso para los intereses de demora que le estaban aplicando. Nadie estaba llevando la cuenta. El plazo no se reclama solo. Hay que calcularlo, documentarlo y exigirlo en el momento adecuado del procedimiento.


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Preguntas frecuentes sobre la duración de una inspección de Hacienda

¿Cuánto tiempo dura como máximo una inspección de Hacienda?

18 meses con carácter general. Se amplía a 27 meses si tu cifra de negocio obliga a auditar cuentas, perteneces a un grupo en consolidación fiscal, o el procedimiento afecta al Impuesto Complementario.

¿Qué pasa si Hacienda tarda más del plazo legal?

El procedimiento no caduca, pero no se considera interrumpida la prescripción por las actuaciones dentro del plazo incumplido, no se exigen intereses de demora desde el incumplimiento, y los ingresos realizados en ese periodo se consideran espontáneos.

¿Puedo pedir yo que se pause el plazo de la inspección?

Sí, antes del trámite de audiencia puedes solicitar periodos en los que la inspección no actúe contigo, hasta un máximo de 60 días naturales en total, que se suman como extensión del plazo.

¿Aportar documentación tarde alarga el plazo de la inspección?

Sí. Si no aportas documentación tras el tercer requerimiento y luego la aportas, el plazo se extiende tres meses (o seis en determinados casos).


Aviso legal: Este artículo tiene carácter exclusivamente informativo y divulgativo, basado en el artículo 150 de la Ley 58/2003, General Tributaria, en su redacción vigente (dada por Ley 7/2024). No constituye asesoramiento jurídico o fiscal personalizado. Cada procedimiento depende de circunstancias concretas que deben analizarse individualmente. Consulte con un profesional cualificado antes de tomar decisiones. Luis Marín Economistas no se responsabiliza de las acciones realizadas por terceros a partir de la información contenida en este artículo. Última actualización: julio 2026.


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