Eran tres hermanos.
El padre había montado la empresa con 28 años, una furgoneta de segunda mano y un almacén alquilado en polígono. Cuarenta años después, la empresa facturaba tres millones al año y daba trabajo a 22 personas.
El padre murió sin protocolo familiar. Sin testamento específico para la empresa. Sin haber hablado nunca de qué pasaría cuando él no estuviera.
Los tres hermanos heredaron a partes iguales. Uno llevaba 15 años trabajando en la empresa. Otro vivía en Madrid y no había pisado el almacén desde la comunión del sobrino. La tercera quería vender su parte y comprar un piso.
En ocho meses, la empresa que había tardado 40 años en construirse estaba paralizada. El hermano que trabajaba no podía tomar decisiones porque no tenía mayoría. El que vivía en Madrid bloqueaba cualquier inversión. La hermana exigía que le compraran su parte a un precio que la empresa no podía pagar sin endeudarse.
No se hablaban. Y la empresa seguía pagando nóminas, proveedores e impuestos mientras ellos discutían.
Vinieron a este despacho cuando ya habían perdido un año y medio, un cliente importante y la relación entre ellos.
Les ayudamos a encontrar una salida. Pero el coste —económico, fiscal y humano— fue infinitamente mayor que el que habría tenido un protocolo familiar firmado cinco años antes.
El 89% de las empresas españolas son familiares. Solo una de cada diez llega a la tercera generación.
No desaparecen porque el mercado las mate. No desaparecen por mala gestión. Desaparecen porque los conflictos entre los miembros de la familia acaban paralizando la toma de decisiones, y una empresa paralizada se muere sola.
La mayoría de esos conflictos tienen un origen común: nadie definió las reglas del juego antes de que empezara la partida.
Quién puede trabajar en la empresa y quién no. Quién decide y con qué mayorías. Qué pasa cuando alguien quiere salir. Qué pasa cuando el fundador ya no está. Cómo se valoran las participaciones. Cómo se reparten los dividendos cuando un hermano trabaja 12 horas al día y otro solo cobra.
Todo eso se puede pactar. Se puede escribir. Se puede firmar. Y cuesta una fracción de lo que cuesta resolverlo cuando ya ha estallado.
Protocolo familiar
Redactamos el documento que establece las normas de convivencia entre familia y empresa. Incluye: política de acceso al empleo, política de retribución, plan de sucesión, mecanismos de resolución de conflictos y gobierno corporativo. No es un documento estándar que se descarga de internet. Se construye a medida, con todas las partes sentadas en la mesa.
Planificación de la sucesión
Diseñamos cómo va a pasar la empresa de una generación a la siguiente, minimizando la carga fiscal y evitando los bloqueos societarios. En Murcia, esto incluye aprovechar la reducción del 99% en el Impuesto de Sucesiones para empresa familiar, que tiene requisitos específicos que hay que cumplir antes del fallecimiento, no después.
Estructuración societaria
Analizamos si la forma jurídica actual es la adecuada o si conviene crear una sociedad holding, separar patrimonio de actividad, o reorganizar las participaciones para proteger el negocio y facilitar la transmisión futura.
Resolución de conflictos
Cuando el conflicto ya existe, actuamos como mediadores o como abogados de parte. Negociamos separaciones de socios, valoraciones de participaciones, compraventas internas y reestructuraciones que permitan a la empresa seguir funcionando mientras se resuelve el problema familiar.
Optimización fiscal familiar
Revisamos si la empresa cumple los requisitos del artículo 4.Ocho de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio (exención de participaciones), las condiciones para la reducción del 99% en sucesiones y donaciones en Murcia, y la planificación del IRPF del grupo familiar.
Murcia es una de las comunidades autónomas más favorables para la transmisión de empresa familiar. Pero las ventajas no son automáticas. Hay requisitos, y si no se cumplen antes de que llegue el momento, se pierden.
Impuesto de Sucesiones: reducción del 99% en la base imponible cuando se hereda una empresa familiar. Pero el domicilio fiscal y social debe estar en Murcia, el causante debe poseer al menos un 5% de participación, y los herederos deben mantener la inversión en activos similares durante un mínimo de 5 años.
Impuesto sobre el Patrimonio: exención de las participaciones en la empresa familiar si se cumplen los requisitos de porcentaje de participación, funciones de dirección y remuneración que representen más del 50% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas del contribuyente.
Bonificación general en sucesiones: además de la reducción por empresa familiar, los herederos de Grupos I y II (hijos, cónyuge, padres) tienen una bonificación del 99% sobre la cuota del Impuesto de Sucesiones. Una herencia de 200.000 euros entre padre e hijo en Murcia genera una cuota aproximada de 400-500 euros. La misma herencia en otras comunidades puede superar los 20.000 euros.
El problema es que muchas empresas familiares no cumplen los requisitos porque nadie se los ha revisado. O los cumplían hace tres años pero dejaron de cumplirlos cuando cambiaron la estructura de retribución del administrador. Y eso solo se descubre cuando Hacienda mira.
Revisamos todos los requisitos y proponemos los ajustes necesarios para que la empresa esté preparada antes de que llegue el momento de la transmisión.
El hermano que trabaja y el que solo cobra. Uno dedica su vida a la empresa. El otro tiene las mismas participaciones pero nunca aparece. Y cuando hay que reinvertir, el que no trabaja quiere dividendos. Sin una política de retribución y dividendos pactada en protocolo, esto acaba en un juzgado.
El fundador que no suelta. Tiene 72 años y sigue tomando todas las decisiones. Los hijos están preparados pero no tienen espacio. El día que el fundador no pueda seguir, nadie sabe cómo funciona nada porque nunca delegó. El protocolo establece un calendario de transición con hitos concretos.
El cónyuge que entra en el accionariado por divorcio o herencia. Si un hijo se divorcia y su excónyuge adquiere derechos sobre participaciones (por régimen de gananciales o por liquidación de la sociedad conyugal), la familia pierde control sobre quién participa en la empresa. El protocolo prevé capitulaciones matrimoniales y cláusulas de arrastre para evitarlo.
Repartir la herencia a partes iguales cuando no todos los hijos son iguales. Dejar a todos lo mismo suena justo. Pero si uno ha construido la empresa y los otros no, la igualdad formal genera una desigualdad real que paraliza el negocio. La planificación sucesoria permite compensar la legítima sin dañar la empresa.
1) Diagnóstico familiar y empresarial
Nos reunimos con todas las partes. Entendemos la estructura del negocio, las relaciones familiares, los intereses de cada miembro y los riesgos reales. Sin esto, cualquier protocolo es papel mojado
2) Diseño del protocolo o del plan sucesorio
Redactamos el documento a medida. Lo hacemos con todos sentados en la mesa, no entre cuatro paredes. Las cláusulas que no entiende toda la familia no sirven para nada.
3) Implementación legal y fiscal
El protocolo se traduce en modificaciones estatutarias, pactos de socios, testamentos coordinados, capitulaciones matrimoniales si procede, y ajustes fiscales para cumplir los requisitos de exención y reducción.
4) Seguimiento
Un protocolo que se firma y se guarda en un cajón no protege a nadie. Revisamos periódicamente que las condiciones se sigan cumpliendo, especialmente los requisitos fiscales de la exención de patrimonio y la reducción en sucesiones.
¿Es obligatorio tener un protocolo familiar?
No es obligatorio legalmente. Pero es la herramienta más eficaz para prevenir conflictos que pueden acabar con la empresa. El Real Decreto 171/2007 permite su inscripción voluntaria en el Registro Mercantil, lo que le da mayor fuerza frente a terceros.
¿Cuánto cuesta hacer un protocolo familiar?
Depende de la complejidad de la familia y de la empresa. Un protocolo para una SL con dos generaciones y tres socios familiares no es igual que uno para un grupo con varias sociedades y cuatro ramas familiares. En la primera consulta evaluamos el alcance y te damos un presupuesto cerrado.
¿Se puede hacer un protocolo si ya hay conflicto?
Se puede, pero es más difícil y más caro. Lo ideal es hacerlo cuando todos se llevan bien. Si ya hay conflicto, lo que hacemos es mediar primero, buscar una solución al problema concreto, y después construir el protocolo que evite que se repita.
¿Qué diferencia hay entre protocolo familiar y pacto de socios?
El pacto de socios regula la relación societaria: mayorías, cláusulas de arrastre, no competencia, salida de socios. El protocolo familiar va más allá e incluye la dimensión humana: quién puede trabajar en la empresa, cómo se accede, cómo se gestiona el relevo, cómo se resuelven los conflictos entre familiares que son a la vez socios. Son complementarios.
¿Se pierden las ventajas fiscales si no se cumple el requisito de los 5 años?
Sí. Si el heredero vende o no mantiene la inversión en activos similares durante los 5 años posteriores al fallecimiento, se pierde la reducción del 99% en el Impuesto de Sucesiones y hay que pagar la diferencia con intereses de demora. Es un riesgo que se puede evitar con planificación previa.
¿Puede un hijo que no trabaja en la empresa exigir dividendos?
Sí, como socio tiene derecho a participar en las ganancias. Pero el protocolo familiar puede establecer una política de dividendos pactada que equilibre la reinversión con el reparto, y una retribución diferenciada para los familiares que trabajan en la empresa respecto a los que solo son propietarios.
Los tres hermanos del principio encontraron una solución. No fue la que querían los tres, pero fue una que permitió que la empresa siguiera funcionando y que las 22 personas que trabajaban allí conservaran su empleo.
Si el padre hubiera dedicado tres reuniones y un documento a dejar claro qué pasaba con la empresa cuando él no estuviera, esos tres hermanos no habrían perdido un año y medio, un cliente importante y la relación entre ellos.
La primera consulta es sin coste. En 30 minutos te decimos exactamente qué necesita tu empresa familiar para estar protegida.